navidad
Instrumentistas
Cantantes Director de orquesta Directores de coro Bailarines Compositores Musicólogos Críticos Pedagogo Docentes Regiseur Escenógrafos Coreógrafos Iluminadores Luthier orquesta / Bandas Coros Conjunto de cámara Instituciones


 

Su opinión

Contáctenos

Actualidad 2001

Consulte: 2007


Adjunto nota enviada a AFIP sobre el injusto gravamen discriminatorio a la Música impresa en todas sus formas.
Una novela de color subido no está gravada. Un método, una partitura orquestal, etc., etc., si. Apoyemos todos este justo reclamo.

Buenos Aires, 30 de Mayo 2001

Señor Secretario de Ingresos Públicos
Cr. José María Farré
Ref: Decreto 616/2001 - Definición de Libro de Música

De nuestra consideración:
Nos  dirigimos  a  Ud.  con  relación  al Decreto N* 616/2001 en el que esa Administración  ha  adoptado  una  resolución discriminatoria e injusta con toda forma de edición musical.
La   industria  editorial  musical  argentina  es  pequeña  pero  su  valor educacional y cultural es incuestionable.
Una  edición  impresa  de  música  es el certificado o patente principal de existencia de la creación.
La  enseñanza  de la música-materia universalmente reconocida como parte de la  formación  del  hombre  de  hoy, necesita de la existencia del libro de música impreso.
La  difusión de la creación musical se basa en la circulación y acceso a la edición  impresa. Su exportación, no solo produce ingresos por la venta del ejemplar  si no permite la difusión del contenido y recaudación de derechos que ingresan al país.
No debe la Ley desvalorizar la edición musical.
El  libro,  científico,  literario,  de  enseñanza o esparcimiento tiene el mismo valor cultural que el de la Música impresa en todas sus formas.
Solo  pedimos  igualdad  de  trato  Ley  pareja  y no discriminatoria. Será Justicia.

ADEMA
Asociación de Editores de Música Argentinos

Adhieren y apoyan el reclamo
Cámara Argentina del Libro
Editorial Barry
Ediciones GCC - Grupo de Canto Coral
Música Clásica Argentina
Claves Musicales - Revista Electrónica
Eduardo Sohns

 
 

© Copyright 2001 Música Clásica Argentina (108657).
Todos los derechos reservados. Ley 11.723

Prohibida su reproducción total o parcial.
Fecha de lanzamiento 1-02-2001
Responsable: Ana María Mondolo